Por Luis Ernesto Rodríguez Galván
Fecha de registro: 11/07/2022 - 05:43 pm
Siguiendo con nuestra reseña sobre la Norma Oficial Mexicana NOM-210-SSA1-2014 toca el turno a hablar sobre las consideraciones generales de la norma la cual recientemente fué puesta en vigor el pasado 26 de Junio de 2016.
Que requisitos deberán cumplir los laboratorios
Los laboratorios de prueba que realicen las determinaciones o los análisis expuestos en ésta norma deberán cumplir con los requisitos establecidos en la Norma Mexicana NMX-EC-17025-IMNC-2006, del Capítulo de Referencias de esta Norma.
Condiciones de los métodos
Para obtener resultados reproducibles y significativos, se deberán seguir fielmente y controlar de una maneara cuidadosa, las condiciones en que se llevan a cabo los métodos expuestos en la norma.
Como se podrán validar
En aquellos casos en que las personas morales o físicas que soliciten la validación de los métodos que utilicen para fines de control, inspección o programa específico, la COFEPRIS, los validará conforme a lo dispuesto en las "Guías para la aprobación de métodos alternativos", disponibles para su consulta en los portales de internet:
http://www.cofepris.gob.mx/TyS/Paginas/Terceros-Autorizados.aspx